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500 años de México en documentos







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Vicente Guerrero - Agustín de Iturbide

Mira estos capítulos de la serie "Secretos de Nuestra Historia"

Capítulo I



Capítulo II



Capítulo III



Capítulo IV

José María Morelos y Pavón

De la serie "Secretos de nuestra Historia"

Capítulo I



Capítulo II



Capítulo III



Capítulo IV



Capítulo V

Independencia de México

De la serie "Secretos de nuestra Historia"

Capítulo I



Capítulo II



Capítulo III



Capítulo IV



Capítulo V

Josefa Ortíz de Domínguez

De la serie "Secretos de nuestra Historia"

Capítulo I



Capítulo II



Capítulo III



Capítulo IV



Capítulo V

Miguel Hidalgo y Costilla

De la serie "Secretos de nuestra Historia"

Capítulo I



Capítulo II



Capítulo III



Capítulo IV



Capítulo V

Cuadro Histórico de la Revolución de la América Mexicana



Para tu lectura este libro escrito en 1823 por Carlos María de Bustamante.

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Constitución de 1824




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Mémoires autographes de Don Augustin Iturbide



Memorias Autógrafas de Agustín de Iturbide. Breve diseño de la emancipación y libertad de la Nación Mexicana, y de las causas que influyeron en sus más ruidosos sucesos, acaecidos desde el grito de Iguala hasta la espantosa muerte de del libertador en la villa de Padilla.

Edición de 1827.

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Campañas del Gral. D. Félix Ma. Calleja

Félix María Calleja del Rey Bruder Losada Campaño y Montero de Espinosa (Medina del Campo, 1 de noviembre de 1753 - Valencia, 24 de julio de 1828), fue un destacado militar y político español, I Conde de Calderón, 2º Jefe Político Superior de Nueva España desde el 4 de marzo de 1813 hasta el restablecimeinto del absolutismo y 47º virrey de la Nueva España, desde 1814 hasta el 20 de septiembre de 1816, durante la guerra de independencia de México. Se distinguió por sus métodos expeditivos contra la insurgencia, a la que prácticamente desarticuló, tanto antes de ocupar el cargo de Virrey, como al frente de éste.



La Abispa de Chilpancingo



Editado por Carlos María Bustamante de 1821 a 1823.

Sentimientos de la Nación
























Sentimientos de la Nación fue un documento, expuesto por José María Morelos y Pavón el día 14 de septiembre de 1813 en Chilpancingo, que constaba de 23 puntos, o sentimientos.


Transcripción

1. Que la América es libre e independiente de España y de toda otra nación, gobierno o monarquía, y que así se sancione dando al mundo las razones.


2. Que la religión católica sea la única sin tolerancia de otra.


3. Que todos sus ministros se sustenten de todos y sólo los diezmos y primicias, y el pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.


4. Que el dogma sea sostenido por la jerarquía de la Iglesia, que son El Papa, Los Obispos y Los Curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: Omnis plantatio quam non plantavit Pater meus celestis erradicabitur [Todo lo que Dios no plantó se debe arrancar de raíz]. Mateo Capítulo XV.


5. Que la soberanía dimana inmediatamente del pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las provincias en igualdad de números.


6. Que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos.


7. Que funcionarán cuatro años los vocales, turnándose, saliendo los más antiguos para que ocupen el lugar los nuevos electos.


8. La dotación de los vocales, será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de ocho mil pesos.


9. Que los empleos sólo los Americanos los obtengan.


10. Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir y libres de toda sospecha.


11. Que los estados mudan costumbres y, por consiguiente, la patria no será del todo libre y nuestra mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico, sustituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al enemigo Español, que tanto se ha declarado contra esta Nación.


12. Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.


13. Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos privilegiados, y que éstos sólo sean en cuanto al uso de su ministerio.


14. Que para dictar una ley se haga junta de sabios en el número posible, para que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.


15. Que la esclavitud se proscriba para siempre y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.


16. Que nuestros puertos se franqueen a las naciones extranjeras amigas, pero que éstas no se internen al reino por más amigas que sean, y sólo habrá puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los demás, señalando el diez por ciento.


17. Que a cada uno se le guarden las propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado señalando penas a los infractores.


18. Que en la nueva legislación no se admita la tortura.


19. Que en la misma se establezca por ley constitucional la celebración del día 12 de diciembre de todos los pueblos, dedicando a la patrona de nuestra libertad, María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensual.


20. Que las tropas extranjeras o de otro reino no pisen nuestro suelo, y si fuere en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.


21. Que no hagan expediciones fuera de los límites del reino, especialmente ultramarinas; pero que no son de esta clase propagar la fe a nuestros hermanos de tierra-dentro.


22. Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que más agobian y se señale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y demás efectos u otra carga igual, ligera que no oprima tanto, como la alcabala, el estanco, el tributo y otros, pues con esta ligera contribución y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo, podrá llevarse el peso de la guerra y honorarios de empleados.


23. Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre todos los años, como el día aniversario en que se levantó la voz de la independencia y nuestra santa libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaron los labios de la nación para reclamar sus derechos con espada en mano para ser oída, recordando siempre el mérito del grande héroe, el señor don Miguel Hidalgo y su compañero don Ignacio Allende.


Repuestas en 21 de noviembre de 1813. Y por tanto quedan abolidas éstas, quedando siempre sujeto al parecer de su alteza serenísima. Chilpancingo, 14 de septiembre de 1813 José María Morelos

Colección Dublán y Lozano - Legislación Mexicana del Siglo XVII a XX

La colección completa contiene 16,890 disposiciones numeradas, ordenadas cronológicamente, cuya cobertura va de 1687 a 1902. Dedica tres de sus volúmenes a Códigos, Ordenanzas y Reglamentos del Ejército y Armada de la República Mexicana. Representa junto con la Recopilación de leyes, decretos, bandos, reglamentos, circulares y providencias de los supremos poderes y otras autoridades de la República Mexicana compilada por Basilio José Arrillaga, y el archivo mexicano; colección de leyes, decretos, circulares y otros documentos; uno de los esfuerzos más fecundos por compendiar la legislación mexicana del siglo XIX.

El Despertador Americano

En la historia del periodismo mexicano ocupa un destacadísimo lugar el periódico El despertador americano, editado en 1810 y 1811 en Guadalajara por Francisco Severo Maldonado y José Angel de la Sierra.

La historia de la aparición de este vocero insurgente de las fuerzas comandadas por Miguel Hidalgo y Costilla no es en sí nada enredada. Sucedió que cuando Francisco Severo Maldonado se enteró de la ocupación de la ciudad de Guadalajara por las fuerzas insurgentes, ni tardo ni perezoso a ella se encamino para obtener una entrevista con Miguel Hidalgo y plantearle la fundamental importancia que para la causa de la lucha libertadora tenía la publicación de un periódico en cuanto herramienta difusora del ideario del movimiento.

Francisco Severo Maldonado logró convencer a Miguel Hidalgo y Costilla de lo acertado de sus planteamientos, accediendo éste a sus ruegos, y concediéndole la autorización para que llevase a la práctica su proyecto de periódico. Así, el jueves 20 de diciembre de 1810, aparecería en la ciudad de Guadalajara el primer número de El Desperador americano, cuyo título evocaba claramente cuáles eran las intensiones de sus editores.

El periódico ponía énfasis en la encrucijada en que se encontraba el reino español a raíz de la invasión de las fuerzas napoleónicas, poniendo tal hecho como la justificante ideológica del movimiento armado. En efecto, la lucha militar iniciada por las fuerzas insurgentes basábase en que la invasión napoleónica al territorio hispano, prácticamente obligaba a los súbditos del reino español a emprender la lucha de resistencia en contra de las fuerzas invasoras, no estando exenta de tal obligación la población residente en los territorios de ultramar.

De El Despertador Americano se imprimieron siete números, con un tiro de dos mil ejemplares cada uno y tenían un tamaño "tabloide"; fue tal la aceptación que adquirió este primer periódico revolucionario de la Independencia, que los dos mil ejemplares se agotaban casi de inmediato al exorbitante precio de dos reales cada uno. Este periódico constaba de 18 páginas, tenían un tamaño de 22.5 centímetros de largo por 17 de ancho, en papel de la mejor calidad; se imprimía en la imprenta que estuvo ubicada en los terrenos que hoy ocupa La Casa de los Perros y siendo interrumpiendo su publicación por la derrota militar de las fuerzas insurgentes acaecida en la tristemente célebre batalla del Puente de Calderón, en donde el poderío militar de las fuerzas de Hidalgo fue materialmente pulverizado por las fuerzas realistas.

Posteriormente se iniciaría un proceso en contra del periódico y de sus redactores el 28 de enero de 1811 que sería finiquitado el 22 de abril del mismo año, trayendo como consecuencia la condena al fuego, es decir que los ejemplares decomisados fuesen quemados públicamente.

Se enjuició a Francisco Severo Maldonado, encarcelaron al administrador de la imprenta José Trinidad Buitrón y a los impresores José Antonio Henríquez del Castillo y José María Ibarra. El gral. José de la Cruz presidente de la Audiencia, le obligó a Severo Maldonado que publicara en la misma imprenta "El Telégrafo", segundo periódico que se publicó en esta ciudad, periódico que "llenaba de injurias al Padre de la Independencia".

Un poco abajo del título de este periódico se lee una frase de Horacio, que dice: "Ergo Fungar Vice Cotis, acutum reddere quae ferrum valet, exors ipsa secandi", que se traduce como "Por tanto a la manera de aquel rey de Tracia, Cotis, que para defender la causa justa se apoya en espada de dos filos, exento sin embargo de matar yo con la pluma, espada flamígera, defenderé la causa santa de la libertad sin derramar la sangre hermana".


El Despertador Americano (haz click en el número que desees consultar)


No. 1 Jueves, 20 de diciembre de 1810.

No. 2 Jueves, 27 de diciembre de 1810.

No. 3 Sábado, 29 de diciembre de 1810.

No. 4 Jueves, 3 de enero de 1811.

No. 5 Jueves, 10 de enero de 1811.

No. 6 Viernes, 11 de enero de 1811.

No. 7 Jueves, 17 de enero de 1811.


Los Sentimientos de la Nación - Museo Legislativo


Este museo se encuentra en el Palacio Legislativo de San Lázaro. 

Para leerelo haz click en la imágen.

Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana


Facsímil del original firmado en Apatzingán, Mich. el 24 de octubre de 1814.

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Grito de Dolores



Crestomatia

"La Antorcha Encendida"

Grito de Dolores